Familia
CAPITULACIONES MATRIMONIALES
¿Qué son capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones matrimoniales tienen por objeto fijar el régimen económico por el que deben regirse los cónyuges o futuros cónyuges durante su vida matrimonial. Asimismo, podrán incluir cuantas estipulaciones consideren necesarias e incluso establecer pactos para el caso de que se produzca una ruptura matrimonial.
Documentación necesaria para acudir al notario a formalizar capitulaciones matrimoniales
Si se firman las capitulaciones antes de contraer matrimonio:
Documento Nacional de Identidad
Acredita la identidad y nacionalidad de los futuros contrayentes. Debe presentarse en original y en vigor. Los extranjeros deberán aportar el NIE o pasaporte, y cualquier documentación adicional requerida para acreditar su estado civil y capacidad matrimonial.
Si se firman las capitulaciones después de contraer matrimonio:
Documento Nacional de Identidad
Acredita la identidad y nacionalidad de los contrayentes. Igual que en el caso anterior, es obligatorio presentarlo en original y en vigor.
Certificado literal de inscripción del matrimonio en el Registro Civil
Documento que acredita que el matrimonio ya ha sido registrado oficialmente. Es necesario para que el notario pueda formalizar las capitulaciones matrimoniales posteriores al matrimonio.
¿Qué ocurre si no se pacta nada?
Si no se firman capitulaciones, se aplica el régimen legal supletorio, que varía según la vecindad civil de los cónyuges: Separación de bienes: Cataluña y Baleares. Gananciales: Andalucía, Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, entre otras. Otros sistemas forales: País Vasco, Navarra, Aragón, etc.
