Discapacidad
Poder con subsistencia en caso de discapacidad
¿Qué es Poder con subsistencia en caso de discapacidad?
El poder con subsistencia en caso de discapacidad es una escritura notarial mediante la cual una persona (el poderdante) autoriza a otra (el apoderado) a actuar en su nombre y representación, incluso si en el futuro el poderdante sufre una discapacidad que limite su capacidad de obrar. A diferencia del poder preventivo, este tipo de poder no requiere activación posterior: mantiene su eficacia de forma automática desde el momento de su otorgamiento y subsiste plenamente tras la pérdida de capacidad del otorgante. Se trata de una herramienta especialmente útil para garantizar la continuidad en la gestión de asuntos personales, patrimoniales o empresariales, proporcionando seguridad jurídica y previsión familiar.
Documentación necesaria para otorgar un poder preventivo ante notario
Documento Nacional de Identidad (DNI o NIE)
Acredita la identidad del poderdante y del apoderado. Debe presentarse en original y en vigor.
Redacción detallada de las facultades que subsisten en caso de discapacidad
Debe especificarse de manera clara qué actuaciones podrá realizar el apoderado (por ejemplo: gestión bancaria, disposición de bienes, representación ante organismos públicos, administración patrimonial, etc.).
Certificados médicos (si procede)
Pueden ser aportados si el otorgante ya presenta una discapacidad o enfermedad que justifique la previsión de subsistencia del poder.
Escritura previa de poder (si se modifica o amplía uno existente)
Si el poder sustituye, amplía o modifica otro otorgado anteriormente, es recomendable presentar la escritura anterior para que el notario pueda verificar su contenido y realizar las modificaciones pertinentes.
