Inmobiliario

OPCIÓN DE COMPRA

¿Qué es la opción de compra?

Es el documento notarial mediante el cual el propietario de un bien (normalmente un inmueble) concede a una tercera persona el derecho a adquirir dicho bien a cambio de un precio acordado y dentro de un plazo determinado.

Documentación necesaria

La parte compradora:

Los otorgantes deberán aportar el DNI. En el caso de que la persona sea extranjera, será necesario su pasaporte y su NIE correspondiente.

En caso de que alguna de las partes sea una sociedad, deberá aportarse asimismo copia de:

a) Escritura de constitución (y, en su caso, posteriores escrituras modificativas, como por ejemplo las de cambio de denominación social, de domicilio social, etc.).

b) Escritura de nombramiento de cargos del representante de la sociedad (por ejemplo, la escritura en la que se nombre al administrador único de la compañía).

c) Acta de manifestaciones de titularidad real (documento en el que se identifica a la persona física que, en su caso, ostenta más del 25 % del capital social de la compañía).

En todo caso, la oficina notarial procederá asimismo a realizar una consulta telemática al Registro Mercantil para verificar que toda la información aportada es correcta y se halla actualizada y en vigor.

Copia auténtica de la escritura pública o documento público del que resulte la titularidad de la finca a la que se referirá la escritura (por ejemplo, escritura de compraventa, de donación, de aceptación de herencia, etc.).

Se recomienda al optante (futuro comprador) solicitar al Registro de la Propiedad correspondiente una nota simple registral para cerciorarse de la identidad de los propietarios del inmueble, así como de sus características y, en su caso, de las cargas que este pudiera presentar. Si el optante no la solicita, la Notaría lo hará igualmente el día de la firma, para acreditar que la persona que concede la opción sobre la vivienda es realmente el propietario de la misma.

El día de la firma de la operación deberá aportarse al notario copia del cheque bancario con el que se formalizará el pago o, en su caso, el justificante bancario de la transferencia a través de la cual se realice el pago de la prima de opción. Si se hubieran realizado pagos de forma anticipada, será necesario también aportar los justificantes correspondientes.


La parte vendedora:

En caso de que la parte vendedora sea extranjera, será imprescindible presentar ante notario el pasaporte y el NIE originales. Además, ambos documentos deben encontrarse en vigor.

Modalidades de opción de compra

Opción de compra simple: derecho a adquirir el inmueble por un tiempo determinado.
Opción de compra con prima: el comprador paga una cantidad inicial por mantener ese derecho.
Opción de compra vinculada a arrendamiento: utilizada en alquileres con opción a compra.