Inmobiliario
donación
¿Qué es la donación?
Tanto donante como donatario deberán comparecer en la notaría con su DNI. En caso de que alguno de ellos sea extranjero, deberá presentar ante el notario su pasaporte original y en vigor, así como su NIE junto al citado pasaporte.
Documentación necesaria
Para firmar una extinción de condominio ante notario
Documento nacional de identidad original y en vigor
Los otorgantes deben presentar siempre en la notaría su DNI. En caso de que la persona sea extranjera, será necesario su pasaporte y su NIE correspondiente.
En caso de que el otorgante sea una sociedad, deberá aportarse asimismo copia auténtica de:
a) Escritura de constitución (y, en su caso, posteriores escrituras modificativas de la misma, como por ejemplo las de cambio de denominación social, de domicilio social, etc.).
b) Escritura de nombramiento de cargos del representante de la sociedad (por ejemplo, la escritura en la que se nombre al administrador único de la compañía).
c) Acta de manifestaciones de titularidad real (documento en el que se identifica a la persona física que, en su caso, ostenta más del 25 % del capital social de la compañía).
En todo caso, la oficina notarial procederá asimismo a realizar una consulta telemática al Registro Mercantil para verificar que toda la información aportada es correcta y se halla actualizada y en vigor.
Objeto de la donación y su titularidad
Será imprescindible identificar correctamente el bien objeto de la donación, así como acreditar su titularidad. Si se trata de un bien inmueble, deberá aportarse la escritura de propiedad del mismo (copia auténtica). Si se trata de un bien mueble, como por ejemplo un vehículo, motocicleta, embarcación, etc., deberá justificarse su titularidad con la documentación pertinente. Por último, si se trata de una donación de dinero, será necesario que la misma se realice a través de un medio de pago válido y justificado (cheque o transferencia).
Modalidades de extinción de condominio
Con hipoteca:
El donatario (quien recibe) puede asumir la deuda hipotecaria (subrogación).
O bien, el donante (quien dona) continúa pagando la hipoteca (sin subrogación).
Adelanto de herencia: Puede considerarse como anticipo de la herencia (con colación) o como donación independiente (sin colación).
Con condiciones: Por ejemplo, ceder un bien a cambio de que el donatario preste alimentos al donante.
Con reservas:
Reserva de disposición: el donante conserva el derecho a vender la finca en cualquier momento.
Reserva de usufructo: el donante mantiene el uso y disfrute del bien durante su vida.
