Sucesiones y donaciones
Declaración de herederos
¿Qué es Declaración de Herederos?
El acta de declaración de herederos abintestato es el documento notarial mediante el cual se determina, conforme a la legislación aplicable, la persona o personas que resultan ser herederas de una persona fallecida sin testamento.
Documentación necesaria
Documento nacional de identidad original y en vigor. Basta que la persona que desea hacer testamento acuda a la notaría con su DNI. En caso de que dicha persona fuera extranjera deberá presentar ante notario su pasaporte original y en vigor. Además, si lo tuviera, es recomendable aportar el NIE junto al citado pasaporte.
Dos testigos mayores de edad. Es imprescindible aportar el certificado original de defunción. Dicho documento lo expedirá el Registro Civil correspondiente al lugar de defunción o de última residencia del difunto. Se suele expedir unos pocos días después al fallecimiento.
Fotocopia del DNI del fallecido. No obstante, si se dispone del DNI original del difunto es mejor siempre aportarlo directamente a la notaría donde procederemos a fotocopiarlo.
Certificado de defunción. Es imprescindible aportar el certificado original de defunción. Dicho documento lo expedirá el Registro Civil correspondiente al lugar de defunción o de última residencia del difunto. Se suele expedir unos pocos días después al fallecimiento.
Certificado de últimas voluntades del fallecido. Se trata del documento oficial que confirma que el difunto no tenía testamento otorgado ante notario. Este certificado lo expide el Registro de Últimas Voluntades y lo hace siempre transcurridos 15 días desde que tuvo lugar el fallecimiento. Si no se dispone de este documento, la Notaría puede hacer la gestión necesaria para obtenerlo.
Libro de familia del fallecido. Es fundamental para acreditar, en su caso, la existencia de hijos del difunto. Si no se dispone del mismo, en su caso, se podría sustituir por un certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil.
Certificado literal de matrimonio del fallecido. Para acreditar, en su caso, el estado civil de la persona fallecida. A efectos de determinar los posibles derechos sobre la herencia, es fundamental saber si la persona difunta estaba casada o no.
Testimonio de la sentencia de divorcio del fallecido. Para acreditar, en su caso, que la persona fallecida estaba divorciada, lo cual, también, si fuere necesario, se podría acreditar mediante un certificado literal de matrimonio, expedido por el Registro Civil, en el que conste la anotación marginal del divorcio.
Certificados de defunción de familiares directos del fallecido. Se deben aportar, en su caso, para acreditar el fallecimiento de familiares directos, como por ejemplo un hijo, a los efectos de determinar entonces a qué otros familiares corresponden declarar herederos.
